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Un año para prepararse: las empresas obligadas a prevenir el blanqueo de capitales afrontan el mayor cambio regulatorio de la última década

El Congreso INBLAC 2026 concluye que las organizaciones que retrasen la adaptación al nuevo paquete europeo AML hasta 2027 llegarán tarde a un modelo que exigirá demostrar, con evidencias, que sus sistemas funcionan

La cuenta atrás para la mayor reforma europea en materia de prevención del blanqueo de capitales ya está en marcha. Aunque el nuevo Reglamento Europeo de Prevención del Blanqueo de Capitales (AMLR) será aplicable con carácter general a partir del 10 de julio de 2027, los expertos coinciden en que la adaptación no podrá improvisarse durante los últimos meses.

Ese fue uno de los principales mensajes del Congreso INBLAC 2026, que reunió a especialistas en cumplimiento normativo, supervisión y prevención del blanqueo de capitales para analizar cómo deberán evolucionar los sistemas de control de los sujetos obligados durante los próximos doce meses. “La transición al nuevo marco europeo no consiste en actualizar un manual de prevención, sino en construir un sistema capaz de demostrar que funciona”, señala Francisco Bonatti, presidente del Instituto de Expertos en Prevención del Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo- INBLAC.

El cambio de enfoque es profundo. El nuevo paquete AML desplaza el foco l de los sistemas de control hacia un modelo proporcional basado en la trazabilidad de su eficacia real. En otras palabras, las organizaciones deberán acreditar que identifican correctamente sus riesgos, que aplican controles proporcionales y que son capaces de demostrar, mediante evidencias objetivas, que esos controles funcionan y se supervisan de forma continua.

DEL CUMPLIMIENTO FORMAL A LA EVIDENCIA

Una de las principales conclusiones del Congreso INBLAC 2026 fue que la prevención del blanqueo deja de ser un ejercicio eminentemente técnico para convertirse en una cuestión de gobernanza corporativa. Los órganos de administración deberán asumir un papel mucho más activo, con información periódica sobre riesgos, recursos, deficiencias detectadas, prioridades y planes de mejora. Ya no bastará con aprobar un manual de prevención, sino que será necesario supervisar el funcionamiento real del sistema.

En este contexto, el principio de proporcionalidad adquiere una relevancia especial. Cada organización deberá diseñar controles adaptados a sus riesgos específicos y, sobre todo, justificar documentalmente por qué ese modelo resulta suficiente. Como explico Jesús Pindado Delgado, director Compliance & Control Riesgo Operativo de UBS Spain Investment Bank en el Congreso, “la proporcionalidad no supone una rebaja de exigencias, sino la obligación de demostrar que el sistema responde adecuadamente al nivel de riesgo asumido”.

EL EXPERTO EXTERNO GANA PESO ESTRATÉGICA

El Congreso también puso de relieve la evolución del papel del experto externo, tradicionalmente percibido por muchas organizaciones como una obligación periódica de cumplimiento. Según las conclusiones del encuentro, el informe del experto externo debe convertirse en una herramienta estratégica de diagnóstico independiente que permita identificar debilidades, priorizar mejoras y ofrecer al órgano de administración una visión objetiva sobre el grado de madurez del sistema.

Su valor, apuntó Joaquin Mena, vicepresidente de INBLAC, reside precisamente en aportar una mirada externa capaz de detectar riesgos y oportunidades de mejora que, en muchas ocasiones, resultan difíciles de identificar desde la propia organización.

TECNOLOGÍA SÍ, PERO CON SUPERVISIÓN HUMANA

Otra de las cuestiones abordadas fue el creciente uso de herramientas tecnológicas y soluciones RegTech para la monitorización de operaciones, el screening de sanciones financieras o la automatización de controles.

Los expertos coincidieron en que la digitalización facilitará el cumplimiento, pero recordaron que la responsabilidad seguirá recayendo sobre las organizaciones. La utilización de inteligencia artificial, sistemas automatizados o servicios externalizados es también una fuente de riesgos que exigirá igualmente mecanismos de supervisión, validación, trazabilidad y control humano.

PREPARARSE ANTES DE 2027

Las conclusiones del Congreso apuntan a que las entidades sujetas a la normativa deberían iniciar cuanto antes un proceso estructurado de adaptación que incluya un diagnóstico de brechas respecto al nuevo marco europeo, un plan de transición, responsables específicamente designados y evidencias de las actuaciones realizadas. Quienes esperen a 2027 para iniciar la adaptación difícilmente dispondrán del tiempo suficiente para implantar un sistema sólido, proporcional y plenamente alineado con las nuevas exigencias regulatorias.

Para los expertos reunidos en INBLAC, el nuevo paquete AML representa un cambio de paradigma en las obligaciones de las empresas europeas en materia de prevención del blanqueo de capitales, obligándolas a demostrar con evidencias que disponen de sistemas de prevención del blanqueo realmente eficaces.

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