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Wendy Gomez [Datos del editor

La instalación de Calderas de condensación obligatoria

La instalación de Calderas de Condensación es obligatoria desde el 1 de marzo en la construcción de nuevos edificios por su bajo nivel de contaminación

La instalación de Calderas de Condensación es obligatoria desde el 1 de marzo en la construcción de nuevos edificios por su bajo nivel de contaminación. Ese 1 de marzo entró en vigor el nuevo Reglamento de Instalaciones T?rmicas en los Edificios (RITE), en el que se establecen las condiciones que deben cumplir las nuevas instalaciones empleadas para atender el bienestar t?rmico y la higiene mediante instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, y para conseguir un uso racional de la energí­a. Esta nueva normativa se puede consultar en el Real Decreto 1027/2007 del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Las exigencias referentes a la eficiencia energ?tica establecida por el RITE, se pueden resumir en:

Un mayor Rendimiento Energ?tico tanto para los equipos de generación de calor y frí­o, como para los destinados al transporte de fluidos.

Conseguir un aislamiento mejorado en estos equipos.

Conseguir una excelente regulación y control que mantenga la disposición de diseño prevista en los locales climatizados.

La utilización de energí­as renovables, preferiblemente la energí­a solar y la biomasa.

La admisión de subsistemas de aprovechamiento de energí­as residuales.

La instalación de sistemas de contabilización de consumos obligatorios en las instalaciones colectivas.

Desaparición gradual de combustibles sólidos y de equipos menos eficientes.

Entre otros electrodomásticos, esta normativa afecta a las calderas de gas. El objetivo del Reglamento es contribuir a la reducción de la emisión de contaminantes a la atmósfera. Tambión afecta a los nuevos subsistemas de climatización o de producción de agua caliente sanitaria, el cambio o la ampliación a nuevos tipos de energí­a utilizada, mediante la incorporación de energí­as renovables. Esto no significa tener que cambiar la antigua caldera por una nueva si ?sta funciona correctamente, simplemente habrá que hacer modificaciones en la instalación t?rmica del hogar en concierto con la nueva normativa. Además, se impone la obligación de la revisión periódica cada 5 años de las exigencias de eficiencia energ?tica.

En cuanto a las calderas de condensación, logran ahorrar hasta el 30% en el consumo de energí­a y reducen en un 70% las emisiones contaminantes. Estas calderas aprovechan el vapor de agua producido por los gases en combustión y lo recupera en estado lí­quido, que en una caldera convencional se perderí­a por la chimenea o salida de humos, convirtióndolo en energí­a aprovechable. Los resultados son significativos en sistemas de calefacción de suelo radiante y en radiadores.

Si bien, su principal inconveniente es el precio, la inversión se rentabiliza pronto al reducir el consumo de la factura del gas, por su eficiencia y gran rendimiento. Por lo tanto, las calderas con una eficiencia energ?tica de una estrella (potencia nominal mayor o igual al 84%) estarán prohibidas a partir del 1 de enero de 2010, y las calderas marcadas con dos estrellas (potencia nominal mayor o igual al 90%) y las calderas de carbón lo estarán a partir del 1 de enero de 2012.

En lo tocante al mantenimiento y revisión de la instalación t?rmica, el RITE determina que es su titular o usuario el que debe garantizar el cumplimiento de la normativa, encargando a una empresa autorizada en el mantenimiento, la revisión y la realización de las  inspecciones obligatorias, además de las obras necesarias para cualquier reforma y la utilización de las instalaciones según la conformidad recogida en las instrucciones de uso.

<a href="http://www.calderas-roca.org/">calderas de gas </a>

<a href="http://www.calderas-de-gas.org/">calderas de gas </a>

<a href="http://www.calderas-de-condensacion.org/">calderas de condensacion </a>

 

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