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Viviane Gelpí [Datos del editor

Nacionalidades aptas para poder votar en las elecciones municipales de 2015

El 24 de mayo de 2015 se celebrarán elecciones municipales en España. En ellas podrán votar los ciudadanos residentes en España, mayores de edad el día de la votación, que sean nacionales de países de la Unión Europea (UE) o con acuerdos que les reconozcan ese derecho. Para poder votar es indispensable estar inscrito en el Censo Electoral vigente para esas elecciones; en el caso de ciudadanos extranjeros dicha inscripción no es automática por lo que en caso de querer participar en las próximas elecciones deben realizar un trámite de inscripción que manifieste su voluntad expresa. 1. Nacionales de países de la Unión Europea Para la inscripción en el Censo Electoral de los nacionales de países de la UE residentes en España es necesario cumplimentar una declaración formal de manifestación de voluntad de ejercer el derecho de sufragio en España en las elecciones municipales. La manifestación se puede presentar en los Ayuntamientos en cualquier momento, si bien para que tenga efecto en las elecciones municipales de 2015 deberá realizarse antes del 30 de diciembre de 2014. Formas de realizar las manifestaciones de voluntad de votarLas declaraciones formales de manifestación de voluntad de votar en España para las elecciones municipales podrán realizarse por correo postal, Internet o personalmente en el Ayuntamiento de su residencia. Por correo postal:Para facilitar el trámite, la Oficina del Censo Electoral remitió el 27 de octubre una comunicación a los ciudadanos de la UE empadronados desde el 20 de septiembre de 2010 que no hayan realizado la declaración formal anteriormente, con los datos de sus empadronamientos preimpresos. Los ciudadanos que reciban esta comunicación y deseen inscribirse en el censo electoral podrán hacerlo cumplimentando la declaración formal contenida en la misma, firmándola y remitiéndola a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, por correo postal que no necesita franqueo. Por internet:Para realizar la declaración formal por internet es necesario que el ciudadano comunitario disponga de su Número de Identificación de Extranjero (NIE) y que la Oficina del Censo Electoral haya obtenido ese mismo número de la información recibida del Registro Central de Extranjeros. Los interesados deberán acceder al trámite “Inscripción en el Censo Electoral de los extranjeros residentes en España para las elecciones municipales de 2015” de la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE) (https://sede.ine.gob.es/), acreditar su identidad mediante un certificado electrónico asociado al NIE, y marcar la opción de manifestación de voluntad de voto. Quienes no dispongan de certificado electrónico y hayan recibido la comunicación con una clave de tramitación telemática (CTT), podrán realizar la declaración formal acreditando su identidad con el NIE y la CTT recibida. En el Ayuntamiento de residencia:Mediante la cumplimentación del impreso de declaración formal (modelo DFA) disponible en el propio Ayuntamiento. 2. Nacionales de países con acuerdos para las elecciones municipales En el caso de los nacionales de países con acuerdos que reconozcan el derecho de sufragio en las elecciones municipales, se requiere realizar la solicitud de inscripción en el censo electoral para las elecciones municipales y cumplir con las demás condiciones de los acuerdos. Los países con acuerdos en vigor actualmente son Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago.Quienes se inscribieron para las elecciones municipales de 2011 y quieran volver a participar en las próximas de 2015, deberán inscribirse de nuevo. El censo electoral de extranjeros nacionales de países con acuerdos para las elecciones municipales se forma con motivo de cada elección. Las solicitudes de inscripción en el censo electoral para las elecciones municipales de 2015 se podrán realizar desde el 1 de diciembre de 2014 hasta el 15 de enero de 2015. Además de poder presentar las solicitudes en los Ayuntamientos, la Oficina del Censo Electoral tiene previsto remitir, en los últimos días del mes de noviembre de 2014, una comunicación personalizada por correo postal a los ciudadanos nacionales de estos países que reúnan las condiciones establecidas en los acuerdos respectivos, con los datos preimpresos correspondientes a sus empadronamientos. En estos casos, las solicitudes se podrán realizar por Internet o por correo postal, en el plazo establecido. Las condiciones que deben reunir los interesados para tener derecho a la inscripción son: Ser mayor de 18 años el día de la votación y no estar privado del derecho de sufragio activo. Estar inscrito en el Padrón municipal de habitantes. Tener autorización de residencia en España. Haber residido legalmente en España el tiempo exigido en el correspondiente acuerdo (3 años el día de la votación para los nacionales de Noruega y 5 años en el momento de la solicitud para los nacionales del resto de países). Procedimiento de inscripción Las solicitudes de inscripción se podrán realizar por correo postal, internet o personalmente en el Ayuntamiento. Por correo postal:Para facilitar la solicitud de inscripción, en los últimos días del mes de noviembre de 2014 la Oficina del Censo Electoral (OCE) va a remitir una comunicación a los extranjeros residentes en España que reúnan las condiciones establecidas en el apartado anterior, con sus datos personales y de residencia preimpresos, obtenidos de la información del Registro Central de Extranjeros y de los Padrones municipales. Esta comunicación incluirá una Clave de Tramitación Telemática (CTT). Es posible que si ha habido un cambio de domicilio no se reciban estas comunicaciones.En el caso que la Oficina del Censo Electoral haya podido comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos excepto la vigencia del permiso de residencia, remitirá a los interesados en las mismas fechas una comunicación sin CTT.En ambos casos los interesados podrán enviar la respuesta directamente a la Delegación Provincial de la OCE siguiendo las instrucciones contenidas en la comunicación, sin necesidad de franqueo. Por internet:Para realizar la solicitud de inscripción por internet los interesados deberán acceder al trámite “Inscripción en el Censo Electoral de los extranjeros residentes en España para las elecciones municipales de 2015” de la Sede Electrónica del INE (https://sede.ine.gob.es/), acreditar su identidad mediante un certificado electrónico asociado a su NIE, de los publicados en la misma, y marcar la opción de solicitud de inscripción. Quienes no dispongan de certificado electrónico y hayan recibido la comunicación con CTT podrán realizar la solicitud accediendo al sistema con su NIE y la CTT. En el Ayuntamiento de residencia:Los interesados que consideren que cumplen las condiciones del acuerdo podrán presentar la solicitud personalmente en el Ayuntamiento, identificándose con su Tarjeta de identidad de extranjero, adjuntando fotocopia de la misma. Los nacionales de Noruega o de Islandia podrán acreditar su identidad, además de con la Tarjeta de identidad de extranjero, con el documento nacional de identidad o el pasaporte de su país de origen. El tiempo de residencia legal en España se deberá justificar con un certificado de residencia expedido por la Comisaría de Policía. 3. Más informaciónPuede obtener más información en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su municipio de residencia, por teléfono en el número 900.101.900 o en su Ayuntamiento.Mª Eugenia Blasco RodellarDirectora Área InmigraciónAGM Abogadoswww.agmabogados.com/es/nacionalidades-aptas-para-poder-votar-en-las-elecciones-municipales-de-2015

Nombre: Viviane Gelpí
Teléfono: 934871126
Fax: N/A
Dirección: C/Pau Clarís, 139
Provincia: Barcelona
Localidad: Barcelona
Url: N/A

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